BLOG INFORMATIVOProclamación Presidencial firmada por Donald J. Trump – 4 de junio de 2025 Entrada en vigor: 9 de junio de 2025 a las 12:01 AM (hora del Este) Asunto: RESTRICCIONES DE VIAJE A EE.UU. – CIUDADANOS VENEZOLANOSCON VISAS VIGENTES
Queremos informarte que el pasado 4 de junio de 2025, la Casa Blanca emitió una
Proclamación Presidencial que restringe parcialmente la entrada a los Estados Unidos de
ciudadanos de ciertos países, incluyendo Venezuela y Cuba. Estas restricciones afectan
principalmente la emisión de nuevas visas B1/B2, F, M y J, y están fundamentadas en motivos
de seguridad nacional.
Sin embargo, es importante aclarar lo siguiente:
Si ya cuentas con una visa vigente, NO estás afectado por esta medida.
Podrás ingresar a Estados Unidos normalmente, siempre que cumplas con los demás
requisitos migratorios.
Esta proclamación entra en vigor el 9 de junio de 2025 a las 12:01 AM (hora del Este).
Las visas emitidas antes de esa fecha seguirán siendo válidas y respetadas por las
autoridades migratorias.
También es importante que te informemos que la Casa Blanca ha confirmado públicamente
que esta medida no afecta a quienes ya poseen visas válidas. Solo se limita la emisión futura
de ciertas visas, que será evaluada caso por caso.
Comentarios adicionales:
Si tienes una visa vigente, no necesitas realizar ninguna gestión adicional.
Si tienes una cita consular para visa de turismo, estudio o intercambio, consulta con el
consulado antes de tomar una decisión.
Si estás iniciando un trámite, contáctanos para evaluar tu caso específico.
Entendemos que esta Proclamación Presidencial afecta a ciudadanos venezolanos, pero no
prohíbe por completo su entrada a los Estados Unidos.
Información Practica:
¿Qué tipo de visas se verían afectadas?
Tipo de Visa Afectada por la Proclamación
B1/B2 (turismo/negocios) ✅ Suspendida
F, M, J ✅ Suspendida
Documento emitido con propositos educativos-no considere esto un consejo legal
(estudio/intercambio)
Otras visas (H, L, R, etc.) ❌ No suspendidas directamente, pero sujetas a posible restricción
de validez
¿A quiénes no afectaría esta orden?
Según la Sección 4(b) de la proclamación, NO se aplica a:
Personas con green card (residentes permanentes legales)
Ciudadanos con doble nacionalidad, si viajan con pasaporte de un país no incluido en la
lista
Personas con visas válidas emitidas antes del 9 de junio de 2025
Diplomáticos y empleados de organismos internacionales (visas A, G, NATO)
Solicitantes de asilo, refugiados, o beneficiarios de protección bajo la Convención
contra la Tortura
Casos donde el Departamento de Estado o el Fiscal General determine que el ingreso
sirve al interés nacional
Fuente: https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/06/restricting-the-entry-
of-foreign-nationals-to-protect-the-united-states-from-foreign-terrorists-and-other-
national-security-and-public-safety-threats/